Fuente: PERE BRACHFIELD. Cinco Días La transposición de la directiva europea 2019/1023 de reestructuración e insolvencia ha supuesto un profundo cambio del sistema concursal español donde se han introducido, mediante la reforma de la Ley Concursal que entró en vigor en septiembre de 2022, dos nuevos procedimientos: por un lado, uno especial para microempresas que sean personas naturales o jurídicas, a las que el legislador ha prestado especial atención, y por otro, los planes de reestructuración. El procedimiento especial para microempresas pretende simplificar el procedimiento para reducir los costes y los plazos del proceso. Este procedimiento se dirige exclusivamente a las microempresas y se aplicará de forma obligatoria a todos los deudores que entren dentro del concepto legal de microempresa; es decir, los pequeños negocios que durante el año anterior a la solicitud de concurso hayan empleado una media de menos de diez trabajadores, hayan tenido un volumen de negocio anual inferior a 700.000 euros o un pasivo inferior a 350.000 euros según las últimas cuentas cerradas en el ejercicio anterior a la presentación de la solicitud. El procedimiento especial para microempresas entró en vigor el 1 de enero de 2023 y canaliza tanto las situaciones concursales como las preconcursales. En consecuencia, las microempresas no tienen acceso al concurso ni a los al procedimiento de planes de restructuración ni a los acuerdos de reestructuración. Bajo mi punto de vista, la reforma legislativa está propiciando un fuerte incremento de los concursos en España y la tendencia al alza se va a mantener a lo largo de este año; ello supondrá un cambio importante después del período excepcional de 27 meses de moratoria concursal que finalizó el pasado 30 de junio de 2022 y que se había ido prorrogando desde que se aprobó por primera vez en el mes de marzo de 2020. En la actualidad, los administradores legales tienen la obligación legal de solicitar la declaración concursal de su empresa si se encuentra en una situación de insolvencia. Los datos muestran que en España, durante el mes de enero de este año, se han registrado 609 concursos de acreedores y además 84 planes de reestructuración. En consecuencia, el incremento en el número de concursos de acreedores respecto al mismo mes del año 2022 es del 42%, y es un 7% más que los concursos declarados en diciembre. El 91% de todos los procedimientos los presentaron microempresas que se han visto en jaque ante la coyuntura macroeconómica desfavorable, con el encarecimiento de los costes de la energía, la inflación y la subida de tipos de interés; ante ello no han sido capaces de repercutir estas subidas a su cliente final. El sector más afectado ha sido el del comercio, con 132 procedimientos, seguido por el de la construcción y actividades inmobiliarias, que registró 119. Y por comunidades autónomas, la de mayor número fue Cataluña, con 177 (un 29% del total), seguida por Madrid, con 146 (el 23,52%), y por la Comunidad Valenciana (67 concursos). El Consejo General de Economistas ya alertó de un considerable repunte de los concursos de acreedores este año y prevé que probablemente lleguen a los 10.000 procedimientos, pero me temo que esta predicción se quedará corta. Vale la pena recordar que en el año 2022 se registraron 7.272 concursos, la tercera cifra más alta en los últimos 10 años, y un 24% más que el año 2021 durante el cual se produjeron 5.475. A pesar de estas cifras, a las empresas en España todavía les cuesta mucho asumir que se encuentran en situación de insolvencia o de suspensión de pagos y eso provoca que no inicien a tiempo el procedimiento concursal. Cuando lo hacen, la situación ya no tiene remedio. El motivo es el miedo al estigma social que supone para el empresario iniciar este proceso. A diferencia de los empresarios de países como Francia, Reino Unido, Alemania y Estados Unidos, al empresario español le cuesta mucho asumir que su negocio va mal y entender que la mejor solución es la presentación a tiempo de la solicitud de concurso en Juzgados de lo Mercantil, e intentan buscar alternativas que en pocas ocasiones solucionan el problema. Esta demora para intentar mantenerse a flote lleva al empresario a tal límite que cuando quiere reaccionar la empresa ya está hundida y termina en liquidación. Así lo demuestra un estudio del Registro de Auditores Judiciales y Forenses (RAJ) del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España. Las empresas económicamente viables, pero con dificultades financieras, deberían acogerse a un procedimiento concursal antes de que los problemas de tesorería resulten acuciantes. La reforma de la ley ha introducido los planes de reestructuración, un instrumento preconcursal dirigido a evitar la insolvencia, o a superarla, que posibilita una actuación en un estadio de dificultades previo al de los vigentes instrumentos preconcursales, sin el estigma asociado al concurso y con características que incrementan su eficacia. A mi modo de ver, esta es una excelente opción para los empresarios que prevean una probable situación de insolvencia a corto plazo. Esconder la cabeza ante la realidad no va a hacer que los problemas se solucionen, solo puede empeorarlos.
Los deudores concursados aumentaron más de 86% en el último trimestre del 2022 respecto al del año anterior
Fuente: Confilegal El Colegio de Registradores de España ha publicado un informe según el cual se contabilizaron 5.544 deudores concursados en el cuarto trimestre del año 2022, un incremento de 86,4 % respecto al mismo periodo del año anterior y un 78,4 % más que en el trimestre que lo precedió. El mayor número de deudores un 56 %, se concentran en Cataluña, con 1.358; la Comunidad de Madrid, con 1.000, y la Comunidad Valenciana, con 744. Los mayores aumentos se encuentran en Murcia (322,2 %), La Rioja (300 %), Extremadura (260,9 %) y Cantabria (260 %), mientras que Navarra registró un decremento de 19,4 %, la única comunidad autónoma con datos de disminución. Desglosando los datos, el Colegio de Registradores señaló que el número de concursos voluntarios fue de 4.148 (un 182,9 % más que en el cuarto trimestre del 2021), mientras que los concursos consecutivos fueron 1.361 (9,4 % menos) y los necesarios, 35, que representa un aumento de 400 %. En este último caso, cabe destacar que el 30 de junio se levantó la moratoria concursal establecida en sucesivos Reales Decretos en los años 2020 y 2021, que suponían la inadmisión a trámite de las solicitudes de concurso necesario. Según la naturaleza jurídica de los deudores concursados, 1.137 de los 5.544 son personas jurídicas, un 20,5 % de los deudores, mientras que 4.407 son personas físicas, es decir, 79,5 % del total. Y según la forma jurídica, el 91,6 % de las empresas concursadas son Sociedades de Responsabilidad Limitada. Por otro lado, los datos diferencian entre las clases de procedimiento, con lo que contabilizan un aumento del 69 % de los concursos exprés y sin masa, con apertura y cierre simultáneos por insuficiencia de masa activa y aperturas de concursos sin masa. A su vez, notaron que los concursos abreviados han incrementado en un 11,5 % y los ordinarios, en 21,1 %. El 21,8 % de las empresas concursadas tiene 20 años o menos de antigüedad, mientras que el 48,1 % tiene ocho años o menos. En el desglose de empresas concursadas por actividad económica, el informe pone en relieve que el 23,8 % se dedicaban al comercio, mientras que 14,6 % lo hacían con la construcción y 12,2 %, con la industria manufacturera. Un 53,6 % del total tenía menos de seis empleados, y de estas, el 46 % no tenía ninguno. También resaltan que el 49,3 % de todas se encuentra en el tramo más bajo de volumen de negocio, es decir, menos de 250.000 euros.
Justicia trabaja en mejorar la plataforma de liquidación de microempresas, tras los primeros fallos
Fuente: Eva Díaz. eleconomista.es El Ministerio de Justicia trabaja en mejorar el funcionamiento de la plataforma para la liquidación de microempresas, que se puso en marcha el pasado 1 de enero, en el marco de la nueva Ley Concursal. La Administración admite que en lo que va de mes se han dado fallos en la integración de esta plataforma con LexNet (sistema informático que hace posible las comunicaciones electrónicas entre los órganos judiciales y los profesionales de dicho ámbito), ya que ha rechazado el formato de los ficheros Excel, pero apunta a que resolverán la incidencia para los primeros días de febrero. Asimismo, con el lanzamiento de la plataforma para el procedimiento especial para microempresas se lanzaron 32 formularios electrónicos en función de la necesidad de la compañía o el escenario en el que se encuentre que conllevan distintas operaciones como la comunicación de apertura de negociaciones o la solicitud de homologación del plan de continuidad y, pese a su reciente lanzamiento, la Administración reconoce que ya trabaja en la mejora de los mismos. Concretamente, pretende desarrollar funcionalidades que puedan ser de mayor utilidad para todos los actores implicados, como jueces, abogados, administradores concursales o procuradores, entre otros. Justicia señala que desde el lanzamiento de la plataforma con los 32 formularios con la entrada de año, ahora está en una segunda fase que también conlleva la integración prioritaria de la plataforma con la Agencia Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y las Haciendas Forales. Después, habrá una tercera fase que consistirá en el mantenimiento de la plataforma con actualizaciones constantes. Con esto, desde el Ministerio explican que el hecho de que la plataforma esté «cien por cien operativa» no ocurrirá nunca porque es un proyecto a largo plazo que conlleva desarrollos rápidos para nuevos requisitos según se vayan descubriendo problemas o necesidades. La Administración ha creado un grupo de trabajo que reúne desde a miembros del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), como a jueces de lo Mercantil y a otros implicados para definir cómo les gustaría ver los datos dentro de la plataforma y raíz de las conclusiones afinar su diseño. «Ahora estamos en esos primeros pasos que enlaza con la incorporación de nuevos desarrollos para adaptar la plataforma con los distintos colectivos», aseguran fuentes de Justicia. Por otro lado, junto al lanzamiento de esta plataforma, también se puso en marcha el portal de liquidación de activos donde se dirigen todos los bienes de estas compañías para su venta (tanto de forma individual como en lotes) o subasta. De momento, no se ha habilitado la opción de realizar subastas, aunque desde la Administración asegura que se pondrá en marcha en los próximos meses, sin mayor concreción. Justicia abre la puerta a contar por entidades especializadas para realizar estas subastas. Precisamente, los expertos habían manifestado sus dudas sobre el funcionamiento del portal de liquidación de activos sin contar con firmas especializadas. El procedimiento para microempresas está destinado a compañías que en el año previo emplearon a menos de 10 trabajadores, tuvieron una facturación menor a 700.000 euros y un pasivo inferior a 350.000 euros. De momento, ya se han iniciado 32 expedientes (25 de liquidación y 7 de continuación) por un pasivo de 8,1 millones de euros.